lunes, 28 de marzo de 2011

Publicidad Verde

Estamos rodeados de la publicidad, esto nadie puede negarlo, pero ahora la novedad en la mercadotecnia es la publicidad verde, que la Red Gráfica Latinoamericana la define como:

"...es aquella comunicación comercial que incorpora alusiones, motivaciones, referencias, reclamos o contenidos de las preocupaciones ecológicas, el medio ambiente y/o de la naturaleza, es sustentable cuando propone y utiliza materiales que son 100% reciclables."

Pero realmente ¿la publicidad que vemos todos los días es verde? En el blog de la Red Gráfica Latinoamericana reproduce un documento de la Asociación de Usuarios de la Comunicación en España que trata de dar sugerencias útiles a la hora de hacer publicidad verde que a continuación reproducimos:



Propuestas para una Publicidad Ecológica
1.- La publicidad medioambiental no debe provocar de forma abusiva la preocupación de la sociedad por lo problemas ecológicos, ni explotar la falta de conocimientos sobre esta materia.

2.- La publicidad no podrá incitar a comportamientos que perjudiquen la protección medioambiental, o mostrar de forma no crítica dichos comportamientos. Levanto mi voz contra las famosas campaña de buzoneo que en su gran mayoría terminan en la papelera y si alguien la ve inmediatamente las tiramos a la basura. Creo que debemos eliminar este tipo de publicidad retrógrada y usar nuevos instrumentos de publicidad. Que tal mobile marketing o cualquier otro que no genere basura. Hace un par de años, debo reconocer que no tengo datos actualizados, que el ROI del buzoneo no llega al 5%. Algunos me diran que es el instrumento publicitario más económico. Si ese es el ROI es la más cara. Pensarlo.

3.- La publicidad no puede inducir a error sobre los efectos medioambientales del producto anunciado, y a sea a través de la presentación engañosa de esos efectos o a través de su ocultamiento.

4.- Las características positivas de un producto o servicio en relación a la protección del medio ambiente no deberán hacerse extensivas sin justificación al resto de ofertas de la empresa anunciante.

5.- Cuando las cualidades medioambientales de un producto o servicio dependan de condiciones o modalidades particulares de uso o consumo, o bien a momentos específicos de su ciclo de vida, la publicidad deberá indicarlos de forma inequívoca o, en su defecto, instar claramente a los consumidores a informarse en este sentido.

6.- La utilización de argumentaciones y eslóganes medioambientales en la publicidad deberán basarse en criterios técnicos y científicos constatables. En caso de impugnación, el anunciante deberá aportar las pruebas necesarias sobre la veracidad de su publicidad por parte de un organismo o experto independiente.

7.- Las referencias sobre los ingredientes aportados a los productos anunciados, o eliminados de los mismos, para modificar sus efectos medioambientales, deberán ser claras y concretas en cuanto a la naturaleza e importancia de esos efectos.

8.- La utilización de signos o símbolos relativos a los efectos medioambientales no podrá inducir a error, ni generar confusión respecto de su significación. Tampoco podrán evocar falsamente las eco etiquetas oficiales en países, zonas geográficas o sectores económicos.

9.- Los testimonios y los testigos sólo podrán ser utilizados para reafirmar las características ecológicas del producto anunciados en relación a afirmaciones concretas y constatables de acuerdo con lo señalado en el artículo 6.


La publicidad que ves todos los días cumple con estos nueve puntos?, ¿qué puntos no cumple? ¿Porqué crees que las empresas de publicidad no cumplen con algunos puntos?


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